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	<title>derechos ARCO &#8211; DirectRGPD</title>
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	<title>derechos ARCO &#8211; DirectRGPD</title>
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		<title>Cómo solicitar la eliminación de tus fotos de Internet</title>
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		<pubDate>Wed, 22 Mar 2017 14:17:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias RGPD]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La era de las <strong>nuevas tecnologías</strong> nos permite a todos estar conectados a través de Internet, pero esto puede convertirse en un arma de doble filo. La <strong>Ley de Protección de Datos de Carácter Personal</strong> (LOPD) establece que las imágenes que identifican a personas deben entenderse como datos personales. Por ello, tenemos derecho a solicitar que tanto<strong> vídeos</strong> como <strong>fotografías</strong> sean eliminadas de cualquier página web o <strong>medio de comunicación</strong> cuando no hayan sido usadas con fines informativos y carezcan de <strong>consentimiento previo</strong>.</p>
<p>Esto significa que no todo el mundo puede solicitar que se eliminen sus imágenes de un medio en concreto. Por ejemplo, tenemos el caso reciente de la <strong>Infanta Doña Cristina</strong> que quiso ejercer su <strong>derecho al olvido en Internet</strong>, tras la sentencia del <strong>caso Noos</strong>. En ese tipo de situaciones, el <strong>derecho a la información</strong> prima por encima de otros. Sus fotografías en medios digitales, así como las noticias y los vídeos en los que aparece tienen un carácter completamente informativo, ya que se trata de un <strong>personaje público</strong> y de un hecho noticioso.</p>
<p>Para ejercer el derecho al olvido deben de darse una serie de situaciones. Además, acogerse a dicho derecho no supone la <strong>eliminación de la información</strong> de las páginas webs o medios digitales, sino que se eliminan los datos en la <strong>indexación de los buscadores</strong>. Para entender esto de mejor manera puedes leer el último artículo que publicamos en nuestro <strong>blog</strong>, en el que explicamos de forma extensa qué es el <a href="https://tecnolopd.com/es/derecho-al-olvido-que-es-y-como-ejercerlo/"><strong>derecho al olvido</strong></a> y cuándo se puede ejercer.</p>
<h2>Fotos en Internet y Redes Sociales</h2>
<p>Otra cosa son las fotos que se suben a las diferentes <strong>redes sociales</strong> existentes en la actualidad. Solicitar la <strong>eliminación de fotos</strong> de este tipo de plataformas no debería de suponer una tarea complicada, pero siempre es aconsejable que se pida su borrado a la persona que las ha publicado. En el caso de que esto sea imposible o no se eliminen, todas las redes cuentan con servicios y enlaces concretos para pedir que dichas imágenes sean retiradas de cada sitio web.</p>
<p>Además, es muy importante revisar periódicamente los <strong>parámetros de privacidad</strong> de cada red social. La <a href="https://tecnolopd.com/es/caracteristicas-y-consideraciones-sobre-los-derechos-arco/"><strong>privacidad online</strong></a> es esencial para evitar que se vulneren los derechos a la protección de datos, al honor y a la propia imagen.</p>
<p>Cualquier usuario puede solicitar la tutela de la agencia <strong>Española de Protección de Datos</strong> (AEPD) cuando no se tengan en cuenta las peticiones realizadas para requerir tanto la <strong>eliminación de fotos de Internet</strong>, así como la <strong>cancelación de datos</strong> en plataformas digitales.</p>
<p>Para ello, lo primero que hay que hacer es presentar una <strong>solicitud ante el sitio web</strong> con el requerimiento bien claro. El responsable del <strong>tratamiento de datos</strong> tiene un plazo de 10 días para contestar a la solicitud. Si el usuario no recibe respuesta o esta no es satisfactoria puede pedir la tutela de la<strong> AEPD</strong>. En este caso, deberá de hacer constar que, previamente, se ha solicitado por escrito ante el medio en cuestión la eliminación de vídeos o fotos de carácter personal del portal en cuestión.</p>
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		<title>Características y consideraciones sobre los derechos ARCO</title>
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		<dc:creator><![CDATA[TecnoLOPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 07 Feb 2017 08:51:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias RGPD]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Los <strong>derechos ARCO</strong> (Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición) suelen suscitar numerosas dudas sobre su aplicación y significado. Se trata de unos <strong>derechos personales</strong>, que cualquier ciudadano puede ejercer en referencia al uso y tratamiento de sus datos personales por terceros. El Título III de la <strong>Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal</strong> (LOPD) es el que regula estos derechos tan importantes.</p>
<ul>
<li><strong>Derecho de Acceso:</strong> derecho de toda persona para obtener información acerca del uso que se están dando a sus datos de carácter personal. El origen de los datos, así como el tratamiento de los mismos debe de ser informado en todo momento al afectado.</li>
<li><strong>Derecho de Rectificación:</strong> derecho del ciudadano a que se modifiquen o rectifiquen los datos que no sean correctos o estén incompletos.</li>
<li><strong>Derecho de Cancelación:</strong> trata del derecho a excluir todos esos datos que no son óptimos o resulten exagerados para el tratamiento necesario. En el nuevo <a href="https://tecnolopd.com/es/caracteristicas-del-nuevo-reglamento-europeo-de-proteccion-de-datos/"><strong>Reglamento Europeo de Protección de Datos </strong></a>se recoge el llamado <strong>“derecho al olvido”</strong>, que estaría en consonancia con este.</li>
<li><strong>Derecho de Oposición:</strong> cualquier persona tiene derecho a oponerse a que sus datos personales sean tratados.</li>
</ul>
<h2>Principales características de los derechos ARCO</h2>
<p>Pese a que los derechos ARCO son completamente independientes, es decir, que pueden ejecutarse por separado en todo momento, tienen unas características comunes que conviene conocer.</p>
<p>Lo más importante es que se trata de derechos personales. Esto significa que solo pueden ser ejercidos por la persona <strong>titular de los datos</strong> en cuestión, así como por su tutor o representante legal.  Obviamente, el <strong>responsable del fichero</strong> de datos podrá oponerse a facilitar información cuando el solicitante no quede debidamente acreditado.</p>
<p>Por su parte, el responsable del fichero está obligado a facilitar en todo momento el ejercicio de los derechos ARCO. Además, tiene que responder a las diferentes solicitudes en los plazos que marca la legalidad vigente.</p>
<p>En el caso de que no se atiendan debidamente estos derechos por los responsables del tratamiento de los datos personales será posible apelar a la <strong>Agencia Española de Protección de Datos</strong>. La AEPD estudiará el caso detenidamente y ofrecerá una resolución que garantice que el usuario tenga la posibilidad de ejercer sus derechos ARCO.</p>
<h3>¿Cómo se ejercen estos derechos personales?</h3>
<p>El procedimiento a llevar a cabo para ejercer los derechos ARCO es muy sencillo. El ciudadano debe solicitar al responsable del fichero ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición. Para ello, tendrá que <strong>realizar una solicitud</strong> en la que se haga constar sus datos de filiación, así como un <strong>documento legal</strong> que acredite su personalidad. Es importante concretar la solicitud claramente, incluyendo cualquier documento que se considere relevante. A efectos de recibir comunicaciones es importante hacer constar un domicilio o una dirección de correo electrónico.</p>
<p>El responsable del fichero comprobará los datos aportados por el solicitante y debe contestar obligatoriamente en los plazos que dicta la ley.</p>
<h3>¿Cuándo no se tienen en cuenta estos derechos?</h3>
<p>Solamente debido a cuestiones de <strong>seguridad pública</strong> es posible que los derechos ARCO no sean tenidos en cuenta. Es decir, estos derechos están limitados en caso de que entren en conflicto con la <strong>seguridad del Estado</strong>, así como la prevención o averiguación de datos en el caso de que existan <strong>motivos penales</strong>.</p>
<h3>Sanciones derivadas del incumplimiento</h3>
<p>Impedir que los ciudadanos ejerzan estos derechos está estipulado como una <strong>sanción grave</strong> por parte de la <a href="https://tecnolopd.com/es/evaluacion-de-impacto-en-proteccion-de-datos-i-claves-y-concepto/"><strong>AEPD</strong></a>. Esto significa que es posible la interposición de una multa que puede rondar desde los 40.000 hasta los 300.000 euros.</p>
<p>Ante cualquier posible limitación en el ejercicio de los derechos ARCO es importante<strong> reclamar ante la AEPD</strong> para que actúe de inmediato.</p>
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