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Privacy Shield

Entrada en vigor del acuerdo Privacy Shield con Estados Unidos

Por fin el pasado 12 de julio de 2016 Europa y estados Unidos llegaron a un acuerdo sobre la transferencia de datos entre empresas digitales de ambos países, que pondría fin al bloqueo económico que ya duraba algunos meses. De hecho, muchas empresas tuvieron que paralizar sus actividades con USA debido a esta situación. Privacy Shield es el sustituto legal del antiguo Safe Harbour.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea derogó el anterior acuerdo, conocido como Safe Harbour, al entender que el nivel de protección de los datos de los ciudadanos europeos no era lo suficientemente elevado. Desde ese momento y hasta el pasado día 12 de julio se ha estado trabajando en la adecuación de un nuevo acuerdo, que lograra garantizar las transferencias de datos internacionales y se acercara al nuevo acuerdo europeo de protección de datos de carácter personal. De esta forma se finiquita el vacío legal que tenía paralizada a la economía digital entre ambos países.

A modo de resumen, lo que hace Privacy Shield es garantizar la ciberseguridad internacional, aportando mucha más transparencia en la gestión de los datos, así como varias obligaciones nuevas por parte de los agentes que intervienen en esas transferencias internacionales. Además, el ciudadano europeo tendrá en su haber más garantías en este sentido.

Las claves de Privacy Shield

Repasar el acuerdo de forma exhaustiva nos obligaría a alargar este artículo demasiado. Por este motivo, vamos a hablar de las claves más importantes y las novedades que ofrece Privacy Shield en materia de ciberseguridad. Es muy importante tener claro que cualquier empresa puede acogerse de forma voluntaria al nuevo acuerdo, pero respetarlo es totalmente obligatorio. Es decir, todo aquel que trabaje con datos de ciudadanos europeos deberá asumir los puntos del acuerdo, haya firmado y suscrito el mismo o no.

  1. Más obligaciones para las empresas

Cada empresa, participe o no en el acuerdo, se someterá a revisiones periódicas por parte del Departamento de Comercio de Estados Unidos. Esto se hace con el fin de garantizar que se está respetando Privacy Shield en todos sus puntos. El no cumplimiento de la norma puede desembocar en sanciones severas.

  1. Transparencia por parte de EE.UU.

El gobierno estadounidense ya no podrá acceder y vigilar de forma indiscriminada los datos de los ciudadanos europeos.  En este sentido, el departamento de seguridad nacional americano tendrá muchas más cortapisas para realizar estas acciones y, además, se someterá también a una supervisión.

  1. Derechos del ciudadano protegidos

Algo novedoso y muy importante es que Privacy Shield permitirá a cualquier ciudadano de la Unión Europea tener acceso a opciones de resolución de incidencias, si considera que sus datos no están siendo utilizados de forma correcta y segura. Cada queja se podrá interponer de varias formas: con la propia empresa o a través de la Agencia Española de Protección de Datos (en el caso de España). En el caso de que el conflicto no obtenga resolución por estas vías se podrá recurrir a un juicio de arbitraje dentro de la UE.

La situación de la LOPD en 2016

[fusion_builder_container hundred_percent=»yes» overflow=»visible»][fusion_builder_row][fusion_builder_column type=»1_1″ background_position=»left top» background_color=»» border_size=»» border_color=»» border_style=»solid» spacing=»yes» background_image=»» background_repeat=»no-repeat» padding=»» margin_top=»0px» margin_bottom=»0px» class=»» id=»» animation_type=»» animation_speed=»0.3″ animation_direction=»left» hide_on_mobile=»no» center_content=»no» min_height=»none»][fusion_text]Sin lugar a dudas, el año 2016 va a ser el de los cambios en materia de protección de datos de carácter personal. El pasado 15 de diciembre de 2015 se aprobó el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos, lo que implica que la adecuación al mismo sea estrictamente necesaria para cualquier empresa que opera en el marco europeo.

Obviamente este es el principal pilar de los cambios que se van a suceder durante todo el año en curso. Aunque, si somos fieles a la realidad actual, podremos observar como la protección de datos personales adquiere una mayor importancia en diferentes ámbitos de actuación.

La LOPD en 2016: principales cambios

Uno de los aspectos más llamativos de cara a los cambios de la LOPD en 2016, tiene que ver con el papel del asesor en dicha materia. Para ello, tanto abogados como informáticos o ingenieros pueden convertirse en expertos que ofrezcan sus servicios de asesoramiento para evitar sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.

Gracias al citado Reglamento Europeo, que ya ha entrado en vigor, los responsables de empresas que manejan datos personales van a necesitar estar perfectamente asesorados para adecuarse debidamente a la nueva directiva. En este sentido, la LOPD en 2016 alcanzará nuevos retos y metas.

Cabe destacar que, si hasta hace bien poco solamente los abogados podían convertirse de manera oficial en asesores para la LOPD, este nuevo reglamento liberaliza la profesión, incluyendo otros perfiles profesionales en un ámbito novedoso. Esto hará que los asesores de las empresas en cuestiones de protección de datos se profesionalicen cada vez más, ofreciendo experiencias y soluciones cada vez más exhaustivas.

Por otra parte, el mercado digital marcará las tendencias de la LOPD en 2016. Europa ha establecido una estrategia en común para que el flujo de datos personales por Internet sea el más adecuado y la gestión de los mismos se ejecute de forma correcta.

La anulación del acuerdo Safe Harbor y su sustituto

Además, ha habido un hecho histórico que ha logrado modificar el panorama internacional respecto a la protección de datos de carácter personal. Se trata de la cancelación del acuerdo Safe Harbor que se aplicaba en Estados Unidos para la transferencia internacional de datos personales. El TJUE, en una sentencia del 6 de octubre de 2015, anuló definitivamente este régimen.

Este hecho hizo que muchas empresas quedaran totalmente bloqueadas al no encontrar una solución para el tratamiento de los datos internacionales. No obstante, desde el pasado 12 de julio de 2016 se puso en funcionamiento el nuevo acuerdo de transferencia de datos internacionales con Estados Unidos. Se trata del “Privacy Shield”, del que hablaremos detenidamente en otro artículo. No obstante, este nuevo marco ha posibilitado que se pueda volver a funcionar con normalidad.

Reglamento europeo de Protección de Datos

Como comentábamos, el principal cambio de la LOPD en 2016 es la necesaria adecuación de las empresas a este nuevo acuerdo que, también trataremos de forma individualizada en próximos artículos. Como datos importantes cabe destacar que el consentimiento del titular de los datos se convertirá en algo de extrema importancia. Además, se incluyen los “identificadores online” o “cookies” entre la denominación de datos personales.

En este sentido, la evolución tecnológica continuará marcando la LOPD en 2016. Además de la necesidad de proteger la intimidad de los usuarios de Internet, también debe garantizarse que estos puedan tener total libertad para disponer de sus datos de forma sencilla.

Uno de los restos más importantes se basa en evitar la proliferación de los paraísos digitales que comercializan con datos de carácter personal de los usuarios que navegan habitualmente por Internet.[/fusion_text][/fusion_builder_column][/fusion_builder_row][/fusion_builder_container]